TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO
DEFINICIONES Para efectos de este contrato, se entiende por: “SYDEL”, SINERGIA Y DESARROLLO DE ESQUEMAS LOGÍSTICOS, SA. DE C.V. con domicilio ubicado en Emparan No. 88 Altos, Colonia Centro, C.P. 91700, Veracruz, Veracruz; “CLIENTE”, La persona física y/o moral que aparece como tal al calce de este documento, y/o como contacto en la Cotización y/o como receptor en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) que se emita al amparo de las GESTIONES; “GESTIONES”, la intermediación para la contratación de SERVICIOS por parte de PROVEEDORES AUTORIZADOS por cuenta y a nombre del CLIENTE; “SERVICIOS”, los servicios de flete internacional por vía terrestre, aérea, marítima o multimodal, seguros, fletes, embalajes, fianzas, maniobras, agente aduanal y en general de cualquier actividad relacionada con operaciones de Comercio nacional, exterior e internacional y despacho aduanal a ser prestados por parte de PROVEEDORES AUTORIZADOS en la internación o extracción, |
hacia y/o desde la República Mexicana, de las mercancías que el CLIENTE le asigne a SYDEL, mismos que se prestarán bajo las condiciones estrictamente establecidas en la propuesta o cotización que al efecto se emita (la “Cotización”), la cual forma parte integral del presente contrato. “PROVEEDORES AUTORIZADOS”: Cualquier persona física o moral que preste los SERVICIOS. “PARTES”, el conjunto formado por SYDEL y el CLIENTE. “TERCEROS”, cualquier persona física o moral, distinta a las señaladas previamente. DECLARACIONES 1ª Declaran ambas Partes que cuentan con la capacidad y facultades suficientes para celebrar el presente Contrato, como lo acreditan con los instrumentos legales correspondientes. 2ª Es su voluntad obligarse en los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato. |
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CLÁUSULAS | ||||
PRIMERA. – Objeto del Contrato. En virtud del presente contrato, SYDEL se compromete a desarrollar sus GESTIONES y éste a su vez se obliga a pagar la contraprestación pactada en la Cotización.
SEGUNDA. – Condiciones de las GESTIONES. Las GESTIONES serán realizadas de manera responsable y diligente, dando cabal cumplimiento a la totalidad de las estipulaciones establecidas en el presente Contrato y de conformidad con las instrucciones del CLIENTE, siempre y cuando las mismas sean razonables y no sean contrarias a la normatividad vigente. Si no existieran instrucciones concretas, SYDEL podrá elegir los itinerarios, medios y modalidades de transporte que, a su juicio, sean los más apropiados para efectuar el transporte y/o entrega de las mercancías en las mejores condiciones. Las mercancías se expedirán siempre por cuenta y riesgo del CLIENTE y el seguro será cubierto solamente con arreglo a las instrucciones recibidas de éste por escrito. Si el consignatario o destinatario no se hiciera cargo a su llegada de todo o parte de las mercancías, se depositarán por cuenta y riesgo del remitente o de quien corresponda, con sujeción a lo dispuesto en las leyes o, en su caso, en los usos de comercio observados en el lugar de entrega. El CLIENTE conoce y acepta que toda contratación de SERVICIOS será a nombre, por cuenta y a cargo del CLIENTE, asumiendo el CLIENTE como propios los derechos y obligaciones que de dichas contrataciones surjan, incluyendo aquellas en que ésta contrate en nombre propio, exonerando en este acto a SYDEL de toda responsabilidad por los resultados de los mismos. TERCERA. – Vigencia. La duración del presente contrato será por tiempo indefinido. Las Partes podrán en cualquier momento manifestar su voluntad de dar por terminado en forma anticipada el presente Contrato, mediante aviso por escrito dado a la otra Parte, con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha que se señale para que surta efectos dicha terminación, quedando obligadas las Partes al cumplimiento de sus respectivas obligaciones pendientes, derivadas del presente Contrato a la referida fecha de terminación. CUARTA. – Anticipos. Para efectos de este contrato, SYDEL podrá requerir del CLIENTE los anticipos que requiera y/o considere oportuno, pudiendo rehusarse en cualquier momento al desarrollo de las GESTIONES, salvo que existan fondos disponibles autorizados a su favor expresamente por SYDEL con las condiciones de financiamiento que disponga, en cuyo caso las GESTIONES se realizarán hasta donde alcancen a cubrir dichos fondos. QUINTA.- Firma de Documentos.- El CLIENTE se compromete a firmar por conducto de su representante legal y a entregar a SYDEL todos aquellos documentos que ésta le requiera, incluyendo cartas de instrucciones, formatos para llenado de complementos de carta porte, encargos conferidos para los agentes aduanales, cartas de encomienda y de instrucciones, manifestaciones de valor, hojas de cálculo, así como cualquier otro documento necesario conforme a la normatividad vigente, mismos que deberán proporcionarse de forma exacta, veraz y oportuna, deslindando desde este momento a SYDEL por cualquier acto o hecho derivados de vicios en su contenido. SYDEL se reserva en todo momento el derecho de iniciar cualquier trámite hasta en tanto cuente con la información y documentación que cumpla con los requisitos citados en el párrafo anterior. SEXTA. – Responsabilidad. – SYDEL contratará de “LOS PROVEEDORES AUTORIZADOS” cualquiera de los SERVICIOS que le requiera el CLIENTE, siempre que reciba instrucciones expresas y por escrito por parte del CLIENTE para ello y/o a juicio de SYDEL éstos sean convenientes para la prestación de los SERVICIOS contratados por el CLIENTE, debiendo éste último manifestar en todo caso los riesgos que pudiera implicar el manejo de las mercancías. SYDEL sólo responderá de los actos que le sean imputables a éste y en ningún caso responderá por los actos de terceros, así como tampoco de los PROVEEDORES AUTORIZADOS que sean contratados por el CLIENTE en términos del presente Contrato, ya que los mismos se contratan en todo momento por cuenta y riesgo del CLIENTE. SYDEL no será responsable en ningún caso por daños consecuenciales, indirectos, ejemplares o punitivos, así como ningún otro que no esté |
previsto expresamente en la legislación aplicable y por la autoridad competente mediante sentencia firme, y especialmente no existirá responsabilidad alguna por interrupción de producción, negocio o venta del CLIENTE o de terceros. SYDEL no se hará responsable por los daños, pérdidas, robos, extravíos, o cualquier menoscabo total o parcial que sufran las mercancías del CLIENTE, ni los accesorios que las transporten o contengan. En virtud de lo anterior, el CLIENTE se obliga a contar con seguro de cobertura amplia que ampare cualquier daño o contingencia relacionada con sus mercancías, deslindando a SYDEL de cualquier reclamación o subrogación derivada de las mismas. SYDEL no será responsable del cumplimiento de instrucciones dadas con posterioridad a la emisión de los documentos de expedición o de transporte, así como de cualquier contingencia derivada de dichas instrucciones posteriores. En todo caso, para que pueda exigirse responsabilidad a SYDEL las reclamaciones de esta índole, deberán realizarse por el CLIENTE en forma escrita, con acuse de recibo de SYDEL y en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales de ocurrido el siniestro. Por su parte, el CLIENTE responderá ante SYDEL y ante cualquier tercero con relación a la exactitud de la declaración de las mercancías en lo que respecta a sus características, descripción, marcas, números, cantidad, peso y volumen, respondiendo el CLIENTE de las responsabilidades por pérdidas, daños, averías y/o penalidades que pueda originar a terceros la inexactitud de los datos antes mencionados, así como las derivadas de embalaje inadecuado, defectuoso, o mal empleado que cause daño o perjuicio a las mercancías o a los equipos de manipulación o medios de transporte, aún cuando tales inexactitudes o deficiencias aparezcan en operaciones no ejecutadas directamente por SYDEL, a quien se indemnizarán además los gastos complementarios que por tales causas le ocasionen. En todos los casos, el CLIENTE reconoce y acepta que la responsabilidad de SYDEL que derive del presente contrato será única y exclusivamente hacia el CLIENTE y hacia ninguna otra persona o tercero, debiendo contar en todo caso con sentencia o resolución firme que confirme la legalidad del hecho o del acto de autoridad que le determine esa responsabilidad, de lo contrario no podrá exigirse responsabilidad a SYDEL. La responsabilidad de SYDEL se limitará únicamente por las GESTIONES pactadas en el presente instrumento y exclusivamente en aquellos casos en que se acredite fehacientemente culpa o negligencia directa de su parte y siempre que no medie dolo o negligencia alguna por parte del CLIENTE o de cualquier tercero, debiendo limitarse dicha responsabilidad al monto de los honorarios efectivamente pagados por las GESTIONES que de manera directa ocasionaron tales daños. SÉPTIMA. – Contraprestación. El CLIENTE se obliga incondicionalmente a pagar por las GESTIONES objeto del presente contrato, las cantidades descritas en la Cotización, así como los SERVICIOS y cualquier otro gasto comprobado por parte de los “PROVEEDORES AUTORIZADOS”, en una sola exhibición, al momento en que estos se generen y sean facturados por SYDEL, para lo cual el CLIENTE contará con un plazo que no excederá de 30 (treinta) días naturales contados a partir del día de su presentación o envío electrónico. La demora en el pago en cualquier caso causará intereses a razón del 12% mensual. SYDEL tiene sobre las mercancías, derecho de prenda y/o retención por todas las cantidades que le sean debidas en virtud de las GESTIONES y/o SERVICIOS que se le encomienden por el CLIENTE. Cualquier contribución, impuesto, derecho, aprovechamiento o gravamen derivado de la importación o exportación de las mercancías, así como sus accesorios, actualizaciones, sanciones y recargos, serán responsabilidad y costo exclusivo del CLIENTE incluso se determina posteriormente por el CLIENTE o cualquier autoridad, así como los cargos por servicios extraordinarios o los prestados por los “PROVEEDORES AUTORIZADOS”. OCTAVA. – Relación entre las Partes.- Queda entendido por las Partes que la relación entre ellas derivadas del presente Contrato es de carácter mercantil y nada de lo contenido en este Contrato podrá considerarse como una relación laboral entre el CLIENTE y SYDEL, por lo que, el personal, empleados y/o agentes de cada una de las Partes no deben por ninguna razón ser considerados empleados de la otra. |
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NOVENA.- Confidencialidad.- Ambas Partes, sus agentes y representantes acuerdan todos en guardar la existencia de este Contrato y todos los términos y condiciones del mismo en estricta confidencialidad, así como también de todos los datos e información obtenidos respecto del negocio de la otra parte (en adelante la “Información Confidencial”), obtenidos ya sea antes o después de la ejecución de este Contrato, y acuerdan además que ninguna de las partes podrá usar ni divulgar la Información Confidencial proporcionada a la otra parte a propósito de este Contrato, salvo a sus empleados y terceros que deban tener conocimiento de dicha información, los cuales también están obligados a mantener la Información Confidencial como confidencial. Los datos personales del CLIENTE (los “Datos Personales”) a los que SYDEL tenga acceso con motivo del presente contrato, serán utilizados por SYDEL de manera enunciativa, mas no limitativa, para fines de identificación, verificación, evaluación, promoción de bienes y/o servicios, facturación, cobro y contacto, así como cualquier otro que resulte necesario para dar cumplimiento a las obligaciones que contrae por virtud de la celebración del presente Contrato. SYDEL en este acto le entrega y pone a disposición del CLIENTE su aviso de privacidad, en los términos de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, así como los términos y condiciones de este contrato a través del sitio Web: www.sydel.com.mx , debiendo el CLIENTE revisar periódicamente dicho sitio para verificar las condiciones vigentes, las cuales le serán dados a conocer por dicho medio. En caso de discrepancia entre la versión firmada y la publicada en dicho medio, prevalecerá la primera para todos los efectos legales conducentes. DÉCIMA. – No Exclusividad.- Las Partes acuerdan y reconocen que el presente Contrato no implica exclusividad para SYDEL frente al CLIENTE por lo que hace a las GESTIONES. Por lo anterior, el presente Contrato no limita a SYDEL a celebrar actos o contratos cuyo objeto sea igual, similar o parecido al presente Contrato con cualesquier otra persona, ya sea física o moral. El CLIENTE se obliga a no solicitar ni utilizar, de forma directa o indirecta, SERVICIOS por parte de los PROVEEDORES AUTORIZADOS, salvo que cuente con el consentimiento escrito por parte de SYDEL. Esta obligación estará vigente hasta por un plazo de 5 años contado a partir de la fecha de terminación de este Contrato. DÉCIMA PRIMERA. – Rescisión. Cuando alguna de las Partes incurra en incumplimiento en cualquiera de las obligaciones contraídas en el presente Contrato, se lo comunicará por escrito, otorgándole un plazo de 10 (diez) días naturales para remediar el incumplimiento. Si transcurrido dicho plazo persistiere el incumplimiento debidamente acreditado, la Parte afectada podrá rescindir de inmediato el presente Contrato mediante aviso por escrito con 3 (tres) días de anticipación a la fecha en que surta efectos dicha terminación, sin responsabilidad y sin necesidad de que medie resolución judicial. |
DÉCIMA SEGUNDA. – Aceptación y Acuerdo Integral. Salvo el caso de que exista un contrato por escrito firmado previamente entre las PARTES, las mismas convienen que los términos y condiciones que aparecen en este instrumento regirán entre aquéllas, mismo que junto con los instrumentos y documentos celebrados por escrito expresamente con relación al mismo, representan el acuerdo final entre las Partes respecto de su objeto, sustituyen y dejan sin valor cualquier otro acuerdo previo entre ellas y no podrán ser contradichos por pruebas o acuerdos orales ni escritos entre las Partes previos ni simultáneos. En caso de que los términos previstos en este instrumento difieran o sean contradictorios de los contenidos en otro acuerdo que hayan celebrado las Partes por escrito, los términos previstos en aquél prevalecerán siempre y cuando dicho acuerdo se encuentre vigente al momento de la aplicación de la disposición de que se trate, en cualquier otro caso, las disposiciones contenidas en el presente Contrato regirán de forma supletoria. Cualquier modificación a lo contenido en el presente Contrato, deberá constar en un convenio que para tal efecto celebren las partes por escrito. DÉCIMA TERCERA. – La declaración de nulidad o invalidez de cualquier estipulación contenida en este contrato por laudo o sentencia, no afectará la validez y eficacia de las demás estipulaciones. Las partes negociarán de común acuerdo y buena fe la situación o modificación satisfactoria de la estipulación o estipulaciones declaradas nulas o inválidas por otras en términos similares y eficaces DÉCIMA CUARTA. – Notificaciones. – Todas las notificaciones y avisos que las partes deban darse con motivo del presente Contrato, deberán ser siempre por escrito, dirigidas a los domicilios fiscales que aparezcan en el presente documento, en la cotización y/o en el CFDI que se emita al amparo de las GESTIONES. En caso de que alguna de las partes cambie su domicilio, lo deberá notificar a la otra en los términos de la presente cláusula, ya que en caso de omisión, los avisos y notificaciones en el domicilio anterior surtirán plenamente sus efectos DÉCIMA QUINTA.- Consentimiento.- El CLIENTE reconoce y acepta que el presente documento constituye un contrato legalmente válido y vinculativo, asumiendo en todo tiempo que su firma o, en su defecto, el pago que el CLIENTE realice o haya realizado a cualquier CFDI expedido por SYDEL, así como la simple expedición de la carta de instrucciones por parte del CLIENTE, así como cualquier acto o gestión que exprese su consentimiento, implicará automáticamente el conocimiento y total aceptación de las condiciones aquí pactadas, salvo acuerdo por escrito que expresamente lo sustituya. Asimismo las partes reconocen que en la celebración de este contrato no ha habido error, dolo, lesión, violencia o mala fe, ni ninguna otra circunstancia que pudiera provocar su nulidad, por lo que las mismas comprenden y aceptan el significado y alcance de todas sus cláusulas. DÉCIMA SEXTA. – Para la interpretación de este contrato, las partes se someten a la legislación federal mexicana y a la jurisdicción de los Tribunales de la Federación de los Estados Unidos Mexicanos en la Ciudad de México, renunciando expresamente a acudir a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder.
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